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Finanzas Corporativas Decreto 408/2026
Lectura: 6 min

El nuevo Fondo de Asistencia Laboral (FAL): Por qué no es un impuesto más, sino tu próxima ventaja financiera

Por Julio Bettendorf Asesor Financiero (MAT CNV 2423)

Cuando en Argentina se publica un decreto que afecta al ecosistema laboral, la reacción inmediata de cualquier director de empresa o responsable de finanzas es ponerse en guardia: "otro costo más". Sin embargo, el esquema operativo del FAL plantea una ruptura de lógica: pasa de ser un gasto hundido a convertirse en una herramienta de tesorería patrimonial y cobertura.

Ecuación de Flujo de Caja
Reducción Contribución - SIPA Menor carga al Estado
=
Aporte al Fondo + FAL Cuenta individual propia

Costo neto adicional en nómina salarial: 0%

1. El mito del "nuevo costo": ¿De dónde sale el capital?

La principal duda gerencial se concentra en el impacto sobre la nómina. El esquema del Decreto 408/2026 está estructurado para que el aporte al FAL se neutralice mediante una reducción equivalente en las contribuciones patronales destinadas al SIPA. No se agrega una capa impositiva nueva: se redirige capital que antes era tributario hacia un activo de la firma.

Segmento MiPyME Aporte: ~2,5% Tope fijado por decreto: 3,0%
Grandes Empresas Aporte: Hasta 1,5% Esquema modular proporcional

2. Titularidad, inembargabilidad y custodia bajo CNV

El capital integrado al FAL no ingresa a un fondo común estatal ni a rentas generales. Queda asentado en una cuenta individual inembargable a nombre de la empresa, bajo la figura de patrimonio de afectación específica: solo puede afectarse al cumplimiento de indemnizaciones y contingencias laborales.

Para evitar la licuación inflacionaria del saldo, la administración debe canalizarse a través de Entidades Habilitadas y reguladas por la Comisión Nacional de Valores (CNV). Nuestro rol como asesores matriculados consiste en armar y monitorear carteras que maximicen la tasa efectiva dentro del régimen permitido.

3. Régimen de inversión: Límites normativos de cartera

La regulación fija criterios estrictos de liquidez y ponderación crediticia. Todos los instrumentos deben operar en pesos y en el mercado doméstico, con foco en instrumentos CER, Dólar Link, TAMAR o tasa fija:

Liquidez inmediata (Mínimo 10%): Plazos fijos menores a 30 días o Letras del Tesoro a menos de 90 días para contingencias de caja.
Renta corporativa (Hasta 20%): Obligaciones Negociables (ONs) de emisores privados con calificación crediticia AAA.
Diversificación de emisor: Máximo 15% de exposición en una misma entidad bancaria y hasta 15% en deuda sub-soberana (con límite de 5% por provincia).

4. Arquitectura financiera: La estrategia de "Los Dos Bolsillos"

Delegar este fondo en estructuras bancarias tradicionales suele derivar en rendimientos subóptimos por falta de gestión activa. La práctica corporativa aconseja coordinar la tesorería bajo una estrategia dual:

Bolsillo 1

Cuenta FAL (ALyC)

Orientada a mediano plazo en instrumentos indexados para cubrir el costo proyectado de contingencias laborales sin pérdida de poder adquisitivo.

Bolsillo 2

Cuenta Comitente Central

Tesorería de corto plazo (T+0, Money Market y cauciones) para pago de salarios y proveedores, con capacidad de rescate inmediato para asistir al FAL si fuera necesario.

5. Tres variables impositivas y de salida a considerar

  • • Exención Impositiva: Los rendimientos devengados dentro de la cuenta FAL están exentos de IVA y del Impuesto a las Ganancias.
  • • Techo de costos: La comisión de administración tiene un límite regulatorio máximo del 1% anual sobre el saldo gestionado.
  • • Cláusula de recupero: Ante el cese de actividad o si la empresa permanece 6 meses sin personal en nómina ni juicios pendientes, el capital remanente es restituido íntegramente a la firma.
Marco Temporal

La CNV cuenta con una ventana reglamentaria de 45 días para la formalización operativa de las cuentas. Adecuar las cuentas comitentes con antelación permite estructurar la tesorería antes de la entrada en vigor obligatoria.

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Aviso Legal y Normativo (Compliance): El presente análisis tiene fines estrictamente informativos y de educación financiera, y no constituye una oferta, invitación ni recomendación para la adquisición o enajenación de activos bursátiles. La instrumentación del Fondo de Asistencia Laboral (FAL) se encuentra sujeta a la emisión de las resoluciones definitivas de la Comisión Nacional de Valores (CNV) y organismos reguladores. La operatoria en el mercado de capitales involucra riesgos inherentes, incluida la eventual fluctuación sobre el capital invertido. Rendimientos históricos no aseguran rendimientos futuros. Se sugiere evaluar cada decisión junto a un asesor financiero matriculado y asesores tributarios según el perfil específico de liquidez de cada compañía.